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¿Qué tener en cuenta al hacer o recibir una herencia?

Una mujer con su abogado firmando un documento.

Las herencias pueden convertirse fácilmente en un tema pantanoso, sobre todo para quienes aún no han escrito su testamento. Y para los demás, en el caso del fallecimiento de alguien cercano, lo que menos apetece es ponerse a hacer burocracia. Sin embargo, nos guste o no, es un trámite al que todos debemos hacer frente. Por eso, en este artículo te hacemos las cosas un poco más fáciles y sencillas y te explicamos todo lo necesario para planificar o recibir la herencia.

Las herencias pueden convertirse fácilmente en un tema pantanoso, sobre todo para quienes aún no han escrito su testamento. Y para los demás, en el caso del fallecimiento de alguien cercano, lo que menos apetece es ponerse a hacer burocracia. Sin embargo, nos guste o no, es un trámite al que todos debemos hacer frente. Por eso, en este artículo te hacemos las cosas un poco más fáciles y sencillas y te explicamos todo lo necesario para planificar o recibir la herencia.

Muchas veces no pensamos en la herencia hasta que alcanzamos cierta edad, y eso, en realidad, es un gran error. Todos deberíamos testar una vez tengamos descendencia o cuando tengamos claro a qué personas queremos legar nuestro patrimonio, ya que la planificación es indispensable en este trámite, tanto si eres testador como el heredero. Para ello, te recomendamos echar un ojo a nuestra breve guía para entender el impuesto de sucesiones, que te ayudará a entender su funcionamiento a fondo.

En el caso de que seas el testador, lo mejor que puedes hacer es estudiar bien la planificación fiscal para que a tus sucesores o herederos les llegue la mayor parte posible de tu legado. Así, les harás la vida un poco más fácil a ellos también.

En el caso de ser tú quien recibe una herencia, lo ideal sería recibirla de alguien que ha dejado testamento y que lo ha planificado todo para que se pierda lo menos posible por el camino. Esto es especialmente importante en el caso de familiares lejanos ya que este tipo de herencias suele ser donde más se puede perder por pagos e impuestos. Pero recuerda, aunque el testamento esté hecho, eso no significa que tus obligaciones hayan terminado ya que se deberá gestionar la organización y pago del entierro.

Ahora que ya sabemos que la planificación a la hora de testar es clave para reducir la carga fiscal de la herencia, toca revisar qué debes tener en cuenta al hacer o recibir una herencia para maximizar el traspaso del legado a las personas que deben recibirlo, desglosando una a una las partes importantes de las herencias.

¿Qué es exactamente el testamento?

El testamento se conoce como el documento donde se encuentran las disposiciones testamentarias y que contiene la voluntad del testador. Es decir, un documento que deja constancia de qué tienes o qué hay en el legado, a quién se lo quiere dejar -dentro del margen legal existente- y la mejor forma de hacerlo para pagar menos impuestos.

Te recomendamos que siempre que seas el testador, cuentes con la asistencia de un abogado y un notario a la hora de redactarlo. Su presencia es garantía de que el testamento cumple con la legalidad establecida y, a la vez, que se ponen de manifiesto, de forma precisa y clara, los verdaderos deseos del testador.

Y, aunque sea un proceso que pueda parecer complicado, hacer el testamento es bastante sencillo. Tan solo debes ir a un notario y expresar tus últimas voluntades.

⚠️ Un detalle importante: Si vas a hacer tu testamento, no sólo pienses en los bienes. Ten también en cuenta, si es tu caso, que debes decidir quién se haría cargo de tus hijos si estos son menores de edad y de la administración del legado que les dejes. Aunque pueda parecer obvio, es un punto muy importante al que no se suele prestar atención y que puede derivar en problemas futuros para los herederos.

Los protagonistas del testamento 

Tal y como hemos ido mencionando hasta ahora, el testador es la persona que declara cómo desea que se organice y distribuya su patrimonio al fallecer.

Por otro lado, los herederos son los sucesores a nivel universal, mientras que los legatarios tan solo son sucesores bajo título particular, es decir, que tan solo pueden recibir bienes específicos y concretos especificados por el testador.

Dentro de este último grupo -los receptores-, podemos encontrar a los herederos voluntarios, que son las personas designadas por la voluntad del testador y los herederos forzosos, una figura contemplada en España para aquellas personas a las que la ley les reserva una parte de los bienes del testador, llamada legítima. Esta porción es obligatoria y, por tanto, no puede ser distribuida libremente. Es el caso, por ejemplo, de los hijos y el cónyuge del testador, que tienen derecho a una parte de la herencia.

¿Qué pasa si no existen herederos forzosos? En este caso, el testador puede dejar el 100% de sus bienes a los voluntarios.

Seguros de ahorro y seguros de vida, pequeños trucos para decidir libremente sobre la herencia 

Por mucho que hagamos el testamento, la herencia no se puede repartir exactamente cómo nos gustaría debido a las diferentes figuras y condicionantes que presenta la ley. De hecho, tan solo se puede repartir a nuestra voluntad el tercio de libre disposición y, con ciertas limitaciones, sobre el tercio de mejora, ya que es la posición en la que quedan los herederos forzosos. Ahora bien, hecha la ley, hecha la trampa…o, en este caso, más bien “trampillas”.

Es el ejemplo de los seguros de ahorro, que pueden ser contratados directamente por el testador y permiten establecer al beneficiario que deseemos. Como es un tipo de póliza que no figura dentro de la masa hereditaria, quedan fuera del marco de la ley y, por tanto, su traspaso no está sometido a cargas impositivas tan fuertes. Es el caso de los seguros de ahorro genéricos como, por ejemplo, PIAS, Unit Linked o seguros de renta, entre otros.

Otro truco para legar dinero sin pagar tantos impuestos son los seguros de vida. Este tipo de seguro permite que un dinero se destine a una persona en concreto, más allá de la propia herencia y evitando los límites impuestos en estos casos. Estos son una gran solución, pero tienen un inconveniente: cuanto más edad tiene el asegurado, mayor será la prima. Incluso existen ciertas empresas que no aceptan estas pólizas a partir de unas edades concretas. Por eso, es importante que la herencia se planifique con tiempo y margen.

¿Cuánto cuesta hacer el testamento?

Testar tiene un coste variable que depende, ante todo, de cómo estén registrados los bienes. Si el patrimonio está registrado correctamente, el coste varía entre los 40 y los 80 euros. Y sí, crees bien: es conveniente que ambos progenitores lo hagan.

Qué debes hacer si vas a heredar un patrimonio

Hay que dejar claro que cuando una persona fallece, haya dejado un testamento o no, se genera una herencia. Toda herencia tiene un procedimiento y unos pasos a seguir. Normalmente, lo más oportuno es contar con ayuda experta que te asesore durante el desarrollo del proceso.

Para poder recibir la herencia, ¿qué trámites debo seguir? 

  1. Empieza por obtener los certificados de defunción en el Registro Civil, y el certificado de últimas voluntades en el Ministerio de Justicia, donde consta si existe o no testamento y en qué notario. Este último documento incluye, si existen, los seguros con coberturas de fallecimiento y seguros de vida.
  2. Luego, si existe testamento debes obtener una copia del testamento. Si no, necesitarás hacer una declaración de heredero ante notario o en el juzgado de primera instancia.
  3. El próximo paso es el inventario de bienes y deudas, que puede hacer el notario o constar directamente en el testamento.
  4. Una vez descontadas las deudas, la cuantía restante será dividida entre los herederos, que encontrarán su parte proporcional en el cuaderno particional.
  5. Finalmente, si aceptas la herencia, es necesario hacer la declaración de impuestos por la parte recibida y que deberá ser calculado y abonado por cada heredero de forma particular.

¿Qué pasa si no existe testamento? 

Si el testamento no es válido o simplemente no existe, entonces pasamos a un proceso notarial llamado la declaración de herederos. En él, la herencia se repartirá a partes iguales, según marca el Código Civil español:

  • La denominada parte legítima siempre se reparte entre los herederos forzosos: hijos y descendientes, padres, viudo/viuda y hermanos.
  • El segundo tercio se denomina de mejora, pero se distribuirá a partes iguales entre los herederos forzosos si no hay testamento, pues se entiende que no había voluntad de favorecer a ninguno de ellos.
Un ordenador con dinero y una calculadora al lado.
  • El tercer tercio es el de libre disposición, otra forma de favorecer a alguno de los herederos. Al no haber un testamento que defina su reparto, este se divide de forma igual entre los herederos.

En conclusión, si no hay testamento, la ley repartirá la herencia de forma equitativa y se perderá la libertad testamentaria o libertad de reparto que otorga la ley.

¿Quién y cuándo se pagan los impuestos en una herencia?

Los herederos legales que aceptan la herencia tienen seis meses desde el fallecimiento para pagar lo que les corresponda en el Impuesto de Sucesiones. Recordar que cuánto más lejano sea el parentesco, más impuestos se pagan, por lo que las herencias de parientes lejanos deben analizarse bien antes de aceptarlas, ya que no suelen ser rentables. Y recuerda que si necesitas un dinero extra para recibir una herencia, puedes hacer uso de los préstamos personales, una forma rápida y fácil de obtener el dinero que necesitas sin necesidad de cambiar de banco o pagar comisiones de apertura.

¿Puedo renunciar a la herencia? 

La respuesta es sí, puedes renunciar, pero es importante que sigas el proceso de cerca, ya que la ley te permite renunciar únicamente cuando se abre el testamento y se confirma que eres heredero. Además, exige que se haga de forma legal; esto es, por escrito, y ante notario.

Las causas más comunes de tomar esta decisión es la masa hereditaria o, dicho de otra manera, el contenido de la herencia. A veces aceptarla simplemente no compensa porque las deudas y las obligaciones superan los bienes y derechos. Algunas herencias deudoras, al sumarle todos los gastos e impuestos, pueden convertirse en un verdadero problema financiero, por lo que es de vital importancia que las herencias se preparen y se calculen con precisión y conciencia.

No son pocas las personas que renuncian debido a problemas desde un punto de vista económico y de poca rentabilidad, pero también hay casos en los que se intuyen problemas graves de desavenencias entre los herederos  cuando no hay testamento o por las dificultades de encontrar a los herederos.

¿No sabes si no te compensa no heredar? Existe una tercera opción entre aceptar o renunciar a una herencia. Se puede aceptar una herencia a beneficio de inventario, lo que supone esperar a que el notario disponga de un inventario de bienes y decidir después, una vez se sepa si hay beneficio en la herencia. Una manera sensata y cauta de tomar una decisión bastante importante. Si tienes dudas sobre cómo proceder y qué tener en cuenta a la hora de aceptar o no, puedes visitar el artículo de Cómo saber cuándo renunciar a la herencia de una propiedad.

Datos importantes sobre la herencia que te irá bien saber 

  • Un menor de edad puede heredar, pero debe tener un representante legal que actúe en su nombre y no tenga intereses en la herencia.
  • La mejor alternativa a una herencia es la donación, que supone repartir todo lo que se puede repartir en vida. Según la fiscalidad de la comunidad autónoma de residencia puede cambiar mucho y conviene asesorarse antes con un abogado o experto fiscal.
  • Es recomendable dejar el legado en la forma más líquida posible (efectivo) o en productos financieros donde existe un beneficiario (seguros de vida o ahorro) ya que así se facilita mucho la transmisión y reduce los impuestos.
  • Los inmuebles son los bienes más complicados de repartir y, posiblemente, más caros de heredar porque pagan el impuesto denominado Plusvalía Municipal en el ayuntamiento que corresponda.
  • En caso de separación o divorcio se pierden los derechos sobre los bienes a heredar.
  • No puede haber partición de herencia si no se localiza a alguno de los herederos o éste no se manifiesta.

A lo largo de nuestra vida nos enfrentaremos a varios procesos burocráticos reglamentarios, y nunca va mal un poco de ayuda e información que nos ayude a hacerlos bien, más rápido, y ante todo, con la mejor salud financiera. Sigue descubriendo cómo afrontarlos de la mejor manera con más consejos sobre finanzas.

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