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Cómo pagar menos en el impuesto de sucesiones 

Mujer calculando impuestos.

En España, heredar puede convertirse en un serio problema para la economía familiar. Aunque el patrimonio ya esté completamente pagado y haya tributado sus correspondientes obligaciones, los diferentes impuestos que suponen recibir un activo pueden hacer que más que una ayuda, la herencia se convierta en una gran losa para quien lo recibe. Es por esto que conviene actuar con antelación y preparar el terreno para lograr pagar menos en el impuesto de sucesiones. Veamos cómo hacerlo.

En España, heredar puede convertirse en un serio problema para la economía familiar. Aunque el patrimonio ya esté completamente pagado y haya tributado sus correspondientes obligaciones, los diferentes impuestos que suponen recibir un activo pueden hacer que más que una ayuda, la herencia se convierta en una gran losa para quien lo recibe. Es por esto que conviene actuar con antelación y preparar el terreno para lograr pagar menos en el impuesto de sucesiones. Veamos cómo hacerlo.

Según un reciente informe del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), España es el peor país europeo para recibir una herencia ya que es donde más se gravan este tipo de donaciones. Pero lejos de acabar aquí, la historia sigue… y para mal.

Dependiendo de la zona geográfica en la que residas, las condiciones pueden empeorar, llegando la tasa máxima base a picos de hasta el 87,6% en caso de grandes fortunas, a los que se deberían aplicar multiplicadores si no se trata de un familiar cercano. En resumen, no hace falta ser brillante en matemáticas para ver que, a no ser que tengamos mucho dinero parado, las cuentas no salen. Dicho esto, entendamos mejor cómo funcionan estos impuestos y cómo podemos pagar menos.

Empecemos por el principio: qué es y cómo funciona el impuesto de sucesiones

Tal y como ya explicamos en nuestra breve guía para entender el impuesto de sucesiones, se trata de un tributo que sirve para corregir el incremento patrimonial que va a recibir una persona. Lo recaudan las comunidades autónomas de manera individual, lo que explica las diferencias abismales que existen entre algunas comunidades y donde Asturias y Murcia van a la cabeza en cuanto a comunidades más caras.

Se dice del Impuesto de Sucesiones que es directo y progresivo, ya que en primer lugar aplica sobre el total a heredar y, en segundo, porque lo hace de forma que cuanto más patrimonio recibido, mayores son los ratios de pago. Todos estos condicionantes que varían según la zona hacen que sea imposible hallar una fórmula universal para determinar su cuantía, pero a grandes rasgos lo necesario para calcularlo es:

  1. Conocer el valor real de los bienes y derechos a heredar
  2. Restarle posibles cargas, deudas y otros gastos deducibles
  3. Dividir la masa hereditaria neta por el número de herederos
  4. Aplicar las tasas correspondientes según el importe obtenido

Sin embargo, aunque visto así pueda parecer simple, los condicionantes no hacen más que complicarlo todo. Cada heredero dispone de un derecho a deducciones fiscales propio que va en función de su parentesco, así como otros factores como minusvalías, pudiendo variar entre un 7,65% hasta un 34%, que es el tipo marginal máximo estatal (aunque muchas comunidades lo  tienen todavía más alto) Estos son los principales grupos que distingue el Estado, cada uno de ellos con una cuota diferente:

Grupo I: Descendientes y adoptados menores de 21 años.

Grupo II: Descendientes y adoptados de 21 años o mayores, cónyuges, ascendientes y adoptantes.

Grupo III: Colaterales de segundo grado (hermanos) y tercer grado (sobrinos y tíos) así como ascendientes y descendientes por afinidad.

Grupo IV: Colaterales de cuarto grado (primos), grados más lejanos y extraños.

Diferencias en el impuesto de sucesiones en las diferentes comunidades autónomas 

Como ya hemos comentado -y es de sobra conocido-, España no es el mejor lugar para las herencias. Sin embargo, desde el 2022 muchas zonas están poco a poco reformando sus impuestos con el fin de hacerlos más justos y accesibles. En esta línea, en Andalucía la tributación ha mejorado gracias al cambio en la nueva tarifa y en la discriminación por patrimonio preexistente en los grupos I y II en las adquisiciones mortis causa y en las reducciones para el grupo III.

También ha habido cambios en algunos apartados de este tributo en Cantabria, Cataluña, Murcia y Euskadi. Mención aparte merece Baleares, que tras la mejora de algunos epígrafes menores ha decidido dar el salto y eliminar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones entre padres e hijos.

La pregunta de moda: ¿una donación es la mejor alternativa a la herencia? 

No nos andaremos con rodeos: la respuesta rápida es sí, aunque dependiendo de la zona en la que vivamos las ventajas podrán ser mayores o menores. Ahora que tenemos la respuesta básica, profundicemos.

A nivel pago de impuestos las cosas están más o menos igual que en el impuesto de sucesiones, por lo que por aquí no suelen existir grandes diferencias. Así que si esperabas ahorrar mucho dinero con este método, sentimos decepcionarte, pero no es la panacea. Sin embargo, sí que tiene buenas noticias…y muchas.

En primer lugar es más seguro para quien hace la donación en vida, ya que permite poner condiciones contractuales como, por ejemplo, conservar el usufructo en el caso de una vivienda. La segunda gran ventaja es para quien la recibe, ya que aunque los pagos puedan ser similares, puede disponer de interesantes bonificaciones fiscales. En resumen, la donación permite ayudar económicamente a los herederos ya en vida con unas condiciones claras para ambos lados. Descubre más acerca de las condiciones en cada comunidad autónoma en nuestra miniguía del impuesto de sucesiones.

Cómo pagar menos en una herencia o sucesión 

Y con todo el contexto revisado, es momento de entrar en materia. El primer paso es que compares los impuestos de sucesiones y donaciones de tu comunidad autónoma. Como hemos dicho, no suelen haber grandes diferencias, pero será importante saber ambos datos ya que tendremos que trabajar con ellos. Una vez los tengas en tu mano, necesitarás conocer los otros actores que pueden hacer decantar la balanza. Estos son:

· Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF

· Impuesto sobre el Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana o Impuesto sobre la Plusvalía Municipal

Con todos ellos empieza la aventura. Lo mejor para empezar es ponerse en manos de un abogado especializado en herencias para que asesore a ambos lados y permita preparar el traspaso de la mejor manera posible. Llegados a este punto, ya deberías saber si te resulta más práctico una opción u otra. Si la herencia sigue ganando, tenemos más consejos para ti.

Para tratar de pagar menos, alguna donación en vida de bienes más pequeños puede ayudar a soltar lastre. Con eso hecho, se debería ir a un experto fiscal que ayudará a planificar a nivel números el recibo de esa herencia.

¿Siguen sin salir las cuentas? Una solución radical que está tomando mucha gente es realizar un cambio de residencia a otra comunidad autónoma donde este tipo de trámites sean más favorables. No es la mejor opción y requiere de asesoramiento tanto legal como fiscal, pero sin duda puede resultar provechosa en algunos casos.

Por último, la otra gran alternativa es convertir esa herencia en productos financieros con una menor carga tributaria como, por ejemplo, fondos de inversión, PIAS o PPAs. Puede sonar complicado ya que si la herencia incluye activos inmobiliarios será necesario primero proceder a la venta, pero muchos herederos optan por esta opción tras recibir el inmueble, así que puede ser una buena manera de ir adelantando trabajo.

Factores a tener en cuenta hay inmuebles en la herencia

Una de las claves en cualquier sucesión o donación que contenga inmuebles es su valor. Cuanto mayor sea, más impuesto de sucesiones se pagará en ese momento, pero menos se pagará cuando se venda, porque siempre se paga sobre la diferencia entre el valor de compra (o de recepción, en este caso) y el valor de venta. Y se suele pagar menos por Impuesto de Sucesiones que por IRPF.

En este caso también es importante el pago de la plusvalía municipal del inmueble, ya que pagar más al recibir el inmueble (ya sea por dación o herencia) supone pagar menos al venderlo.

En el caso del IRPF hay que tener en cuenta que la persona fallecida realiza declaración por los meses que correspondan de ese último año y que, según sus movimientos, podría salir a pagar o a devolver. Los herederos, por tanto, presentan el IRPF y pagan por todos aquellos bienes recibidos que sí tributan como planes de pensiones, dividendos o alquileres de inmuebles, pero la conocida como ‘plusvalía del muerto’ deja exento de tributar el incremento patrimonial.

Por último, es importante revisar si al recibir los activos se genera la obligación de pagar el Impuesto sobre el Patrimonio para los herederos o receptores de una donación.

En resumen, se puede pagar menos en una sucesión o en una herencia siempre y cuando trabajemos con antelación en la planificación fiscal y se estudien todas las alternativas que puede haber en cada caso concreto, ya que la multitud de variantes puede jugar tanto a nuestro favor como a nuestra contra. La planificación siempre es nuestro mejor aliado.

Sigue mejorando tus finanzas con más trucos y consejos de educación financiera y mejora tu estabilidad presente y futura.

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