Atender clientes, hacer presupuestos, gestionar facturas… Por si no fuera difícil, trabajar por cuenta propia exige tener un ojo puesto en las novedades para autónomos que lanza el Estado año tras año. Te las resumimos todas en un mismo lugar para que no te pillen desinformado.
Todas las novedades para autónomos de este 2025
Aunque ahora entraremos en detalle, es importante conocer el contexto para entender mejor ciertas tendencias y nuevas realidades que afectan de lleno a los trabajadores por cuenta propia. Más allá de “tratar de ayudar” a los que inician su actividad o menos cobran, hay dos líneas claras que afectan de lleno a las novedades para autónomos de este año. La primera es el envejecimiento de la población, lo que conlleva la subida o llegada de ciertos impuestos o tasas.
El segundo punto clave es el control y transparencia fiscal. El Estado está imponiendo diferentes medidas para garantizar el buen hacer de empresas y profesionales, pero también está empezando a cambiar el modelo ya que prefiere priorizar la imposición a ingresos reales en vez de estimados. Según ciertos expertos, el sistema de módulos para autónomos está en decadencia debido a que ofrece mayores facilidades para cometer fraude. Es por eso que los límites puede que no suban lo deseado o simplemente se prorroguen.
La cuota de autónomos en 2025, el cambio más importante
Como viene pasando en los últimos años, pasar diciembre significa un nuevo cambio en la cuota de la gran mayoría de autónomos. Aquellos con ingresos mensuales menores a 1.000 € verán como esta se reduce un poco, mientras que los que superen los 1.800 € tendrán que pagar más.
Por si te hallas en alguno de los dos casos o tienes previsto aumentar o disminuir tus ingresos durante este año o los venideros, te dejamos con una tabla comparativa de las cuotas de autónomos.
Ingresos mensuales |
Cuota mínima mensual 2024 |
Cuota mínima mensual 2025 |
Diferencia al año |
Menos de 670 € |
225 € |
200 € |
-300 € |
671 € a 900 € |
253 € |
220 € |
-396 € |
901 € a 1.000 € |
274 € |
270 € |
-48 € |
1.001 € a 1.300 € |
291 € |
291 € |
0 € |
1.301 € a 1.500 € |
294 € |
294 € |
0 € |
1.500 € a 1.700 € |
294 € |
294 € |
0 € |
1.701 € a 1.850 € |
320 € |
350 € |
+360 € |
1.851 € a 2.030 € |
325 € |
370 € |
+540 € |
2.031 € a 2.330 € |
330 € |
390 € |
+720 € |
2.331 € a 2.760 € |
340 € |
415 € |
+900 € |
2.761 € a 3.190 € |
360 € |
440 € |
+960 € |
3.191 € a 3.620 € |
380 € |
465 € |
+1.020 € |
3.621 € a 4.050 € |
400 € |
490 € |
+1.080 € |
4.051 € a 6.000 € |
445 € |
530 € |
+1.020 € |
Más de 6.000 € |
530 € |
590 € |
+720 € |
¿En qué tramo me sitúo?
Si te pilla de nuevas esto, puede que los tramos te resulten algo confusos, así que vamos a tratar de ayudarte. Para situarte, debes hacer una previsión de lo que vas a ganar y gastar al año. Para ello suele ser útil echar un ojo a los números del año anterior.
Pues bien, para hallar el tramo que -en teoría- nos toca debemos seguir esta fórmula:
(Ingresos anuales – gastos deducibles anuales – 7 % de gastos de difícil de deducción)/12
Cabe destacar que el porcentaje de gastos deducibles se sitúa en el 3 % en el caso de los autónomos societarios.
Cómo y cuándo ajustar la cuota
¿Tus rendimientos varían en función de la época? La Seguridad Social permite ajustar la base de cotización y, por tanto, la cuota, seis veces al año. Este cambio puede hacerse en cualquier momento del año, pero es importante saber que tiene tramos de aplicación:
- Solicitudes hechas entre enero y febrero: se hacen activas el 1 de marzo
- Solicitudes hechas entre marzo y abril: se hacen activas el 1 de mayo
- Solicitudes hechas entre mayo y junio: se hacen efectivas el 1 de julio
- Solicitudes hechas entre junio y agosto: se hacen efectivas el 1 de septiembre
- Solicitudes hechas entre septiembre y octubre: se hacen efectivas el 1 de noviembre
- Solicitudes hechas entre octubre y diciembre: se hacen efectivas el 1 de enero
Para llevar este cambio a cabo, deberás visitar el portal de la Seguridad Social (Import@ss), acceder a tu área personal usando el certificado u otro método de autenticación, ir al apartado de “trabajo autónomo” y en tus datos podrás acceder a “cuota y cotización” y modificarla.
¿Qué pasa si pago de más o de menos en mi cuota?
Es importante establecer tu cuota según tu tramo de ingresos, pero esa es la teoría. La vida de los autónomos es complicada y los tramos, liosos, así que ya sea por H o por B es posible que estés pagando de más o de menos en tu cuota. ¿Qué va a pasar?
Lo primero que debes saber es que la Seguridad Social está perfectamente al tanto y ya ha previsto estas situaciones. La regularización de cuotas se lleva a cabo el primer cuatrimestre de cada año, y funciona devolviendo primero y reclamando después. Te mostramos el calendario de actuación de este 2025, que corresponde a la regularización en el pago de las cuotas de 2024:
- Enero y febrero: Devolución automática de los excesos cotizados según ingresos reales
- Marzo y abril: Solicitud de pago de la diferencia en la cotización (puede aplazarse)
Aclaramos: Las subidas no aplican a la cuota cero para autónomos
Si hace poco que has iniciado tu actividad y estás beneficiándote de la cuota cero no tienes de qué preocuparte, esta ventaja permanece igual hasta que venza su plazo.
La edad de jubilación de los autónomos también aumenta este año
Cada vez vivimos más, lo que genera un serio problema a la previsión de las pensiones. Esta realidad está tratando de ser reajustada mediante el retraso en la edad de jubilación, un fenómeno que afecta a toda la población activa.
En el caso de los autónomos, el cambio de año ha supuesto un aumento de tres meses en el tiempo cotizado necesario para recibir el 100 % de la jubilación a los 65 años. En 2024 se necesitaban 38 años cotizados, mientras que en 2025 se exigen 38 años y 3 meses para acceder al total de la prestación a los 65.
También cambia la edad de jubilación si no se han alcanzado 38,3 años, que aumenta ña misma cifra, pasando de los 66,6 años de 2024 a los 66,9 años en 2025.
Como consejo, déjanos decirte si te preocupa tu jubilación como autónomo debes mirar más de la edad y el tiempo cotizado. Elevar tu cuota o buscar opciones de futuro alternativas como los planes de pensiones u otras herramientas de inversión son tus mejores armas para afrontar esa etapa con mayor tranquilidad. Y lo más importante de todo: no esperes al último momento, ya que la previsión es clave para tu tranquilidad el día de mañana.
¿Usas un vehículo y necesitas cambiarlo? Ha mejorado su amortización
Si un coche o moto es parte indispensable de tu negocio es lo que se conoce como un activo fijo, y como tal puede ser amortizado. Hasta ahora la Agencia Tributaria fijaba unas reglas para hacerlo, pero las cosas han cambiado un poco.
Ahora, las pymes y autónomos tienen libertad de amortización en vehículos eléctricos y bases de carga, siempre y cuando se pueda acreditar que son necesarios para el desarrollo de la actividad.
La subida del MEI en 2025
El MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional) es un impuesto directo a todos los sueldos o ingresos de trabajadores y autónomos orientado a fortalecer al sistema de pensiones.
Este impuesto, cómo no, aumenta cada año. En 2024 era del 0,7 %, mientras que este 2025 se eleva al 0,8 % de la base de cotización. No supone un gran cambio, pero sin duda se trata de un pellizco que puede afectar a los autónomos que inicien su actividad o aquellos que tengan unos ingresos más bajos.
La cuota de solidaridad: ¿afecta a los autónomos?
Como ya hemos explicado en ViveMásVidas, la cuota de solidaridad es un impuesto sobre el sueldo de los trabajadores con ingresos altos. Por suerte, todavía no aplica a los autónomos, aunque existe la posibilidad de que sí lo hagas en el futuro. Dependerá de los políticos.
¿En 2025 los autónomos estarán exentos del IVA? No por el momento
Puede que a finales de 2024 oyeses que el Gobierno iba a poner en marcha una medida para que los autónomos con una facturación inferior a 85.000 € (100.000 € en autónomos que trabajen en actividades intracomunitarias) pudiesen elegir si querían o no liquidar el IVA, lo que de facto suponía facturas más competitivas y liberarse de la presentación de los modelos 303 y 390, lo que no es poco.
La noticia no dejó a nadie indiferente, pero sentimos decirte que la Agencia Tributaria ya confirmó que se trataba de un bulo… por ahora. Y es que toda esta información estaba basada en una Directiva Europea real que insta a sus países miembros a aplicar esta medida. En España aún no se ha aplicado, pero lo lógico es que se ponga en marcha en los próximos años.
Se viene la factura electrónica obligatoria
Con el objetivo de establecer un mejor control fiscal y combatir mejor el fraude, a finales del pasado año entró en vigor una nueva orden que establece la obligatoriedad de realizar facturas electrónicas, así como las medidas y requisitos bajo las que se deben gestionar, lo que incluye factores de autenticación como firmas electrónicas o factores biométricos como la huella.
Esto exige a los autónomos a contar con sistemas o herramientas homologadas o bien contratar a profesionales para la gestión de facturas, ya que todo el trámite deberá realizarse a través de VERI*FACTU, una nueva herramienta que conecta toda la facturación electrónica a tiempo real con la AEAT.
Si no habías oído nada de esto seguro que una gota fría está recorriendo tu nuca, pero respira un poco. Si bien es cierto que esta realidad está picando a nuestra puerta, se prevé que empiece a entrar en vigor la segunda mitad de este año como pronto, algo que podría alargarse fácilmente hasta inicios de 2026. Además, a esta fecha es más que probable que se le añada algún tiempo extra de adaptación. Pero aunque tengas algo de margen, es algo que deberías empezar a mirar.
Reducciones en los impuestos de sociedades
Si con tu esfuerzo has logrado emprender tu negocio con éxito, primero de todo déjanos darte nuestras más sinceras felicidades. Además también traemos buenas noticias.
Microempresas
A aquellas empresas que facturan menos de un millón de euros al año se les aplicará el impuesto reducido del 21 % sobre los primeros 50.000 € de la base imponible, y un 22 % sobre el resto en lugar del típico 23 % que se venía aplicando los últimos años.
Estos porcentajes volverán a bajar en los dos próximos años (19 y 21 % en 2026 y 17 y 20 % en 2027). ¡Ah! Ten en cuenta que a pesar de que este descuento empieza este año, no será efectivo hasta que no abones el impuesto de sociedades correspondiente a 2025, que será ya el próximo año.
Pymes
En la clasificación por facturación, las pymes vienen justo después de las microempresas, con unos ingresos anuales de entre uno y diez millones de euros. El impuesto de sociedades que pagaban hasta ahora era el tipo general, establecido en un 25 %.
Este 2025, en cambio, trae como novedad la aplicación de un tipo reducido del 24 %, un porcentaje que, al igual que en el caso de las microempresas, va a seguir bajando en 2026 (23 %) y 2027 (22 %), pero también en 2028 (21 %) y 2029 (20 %).
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